Según la visión formulada en el Plan: “En 2020, las administraciones públicas y las instituciones públicas de la Unión Europea deben ser abiertas, eficaces e integradoras, proporcionando servicios públicos digitales a todos los ciudadanos y empresas de la UE que sean personalizados, transfronterizos, servicios fáciles de usar, y de extremo a extremo. Se usan enfoques innovadores para diseñar y ofrecer mejores servicios adecuados a las necesidades y demandas de los ciudadanos y las empresas. Las administraciones públicas utilizan las oportunidades que ofrece el nuevo entorno digital para facilitar su interacción con las partes interesadas y entre ellas.”
Las iniciativas que se lancen al amparo del Plan se ceñirán a los siguientes 7 principios:
Digital por defecto: las administraciones públicas ofrecerán servicios digitales (incluyendo la información legible de forma automatizada) como opción preferida (si bien manteniendo otros canales para quienes están desconectados bien por elección o bien por necesidad). Además, los servicios públicos se deberán prestar a través de un único punto de contacto o de una ventanilla única y a través de diferentes canales.
Principio de solo una vez: se garantizará que los ciudadanos y las empresas suministran la misma información sólo una vez a las administraciones públicas. Las oficinas de la administración pública adoptarán medidas para la reutilización interna de estos datos, de acuerdo con lo permitido y con el debido respeto de las normas de protección de datos, con el fin de evitar que recaigan cargas adicionales sobre los ciudadanos y las empresas.
Inclusión y accesibilidad: las administraciones públicas diseñarán servicios públicos digitales que sean inclusivos de forma predeterminada y adaptados a las diferentes necesidades, tales como las de las personas mayores y de las personas con discapacidades.
Apertura y transparencia: las administraciones públicas compartirán información y datos y permitir que los ciudadanos y las empresas puedan tener control de acceso y rectificación de sus propios datos; permitirán a los usuarios controlar los procesos administrativos que los involucran; se comprometerán y abrirán a las partes interesadas (tales como empresas, investigadores y organizaciones sin ánimo de lucro) en el diseño y la prestación de servicios.
Transfronterizo de forma predeterminada: las administraciones públicas desplegarán los servicios públicos digitales pertinentes disponibles a través de las fronteras y evitarán que se produzca una mayor fragmentación, facilitando así la movilidad dentro del Mercado Único.
Interoperabilidad de forma predeterminada: los servicios públicos se diseñarán para funcionar sin problemas en el Mercado Interior y través de los silos organizacionales, basándose en la libre circulación de datos y de servicios digitales en la Unión Europea.
Confianza y Seguridad: todas las iniciativas irán más allá del mero cumplimiento del marco jurídico sobre la protección de datos personales y la privacidad y seguridad de TI, mediante la integración de estos elementos en la fase de diseño. Estas son condiciones previas importantes para aumentar la confianza y la asimilación de los servicios digitales.
Se apunta, además, que la elección por parte de las administraciones públicas de los sistemas y tecnologías, sean distribuidos o centralizados, será de acuerdo con sus necesidades, pero respetando plenamente los requisitos de interoperabilidad acordados.
El Plan, dentro del marco estratégico establecido por la Estrategia para un Mercado Digital para Europa, establece 3 grandes prioridades de actuación y señala 20 acciones a emprender por la Comisión Europea para acelerar la implementación de la legislación existente y de los servicios públicos digitales relacionados.
I. Modernización de las administraciones públicas con las TIC, utilizando habilitadores digitales claves
1. Apoyar la transición de los Estados miembros hacia la contratación electrónica de forma plena y el uso de los registros de contratación. (2019)
2. Acelerar la adopción de los servicios de eIDAS, incluyendo la identificación electrónica y la firma electrónica. (2016)
3. Asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la infraestructura de servicios digitales transfronteriza. (2018)
4. Presentar una versión revisada del Marco Europeo de Interoperabilidad (EIF – European Interoperability Framework) y apoyar su adopción por parte de las administraciones nacionales. (2016-2019)
5. Coordinar el desarrollo de un prototipo del catálogo europeo de normas de TIC para la contratación pública. (2017)
6. La Comisión utilizará los bloques comunes de construcción tales como los servicios digitales de infraestructura promovidos por el mecanismo CEF (Connecting Europe Facility) y aplicará el Marco Europeo de Interoperabilidad. Introducirá gradualmente los principios de "digital por defecto" y "una sola vez”, la facturación electrónica y la contratación electrónica y evaluará las consecuencias de una posible aplicación del principio de «no sistemas heredados (no legacy)». (2016-2019)
II. Habilitar la movilidad transfronteriza mediante servicios públicos digitales interoperables
7. Presentar una propuesta de punto de acceso único (Single Digital Gateway). (2017)
8. Hacer del portal europeo de Justicia una ventanilla única para obtener información sobre temas de justicia europeos. (2016)
9. Establecer, en cooperación con los Estados miembros, la obligatoriedad de la interconexión de los registros mercantiles de todos los Estados miembros. (2017)
10. Desarrollar la interconexión electrónica de los registros de insolvencia. (2019)
11. Presentar una iniciativa para facilitar el uso de soluciones digitales a lo largo del ciclo de vida de una empresa. (2017)
12. Presentar una propuesta legislativa para ampliar el mecanismo electrónico único para el registro y pago del IVA. (2016)
13. Lanzar un piloto relativo al principio de solo una vez para las empresas. 2016
14. Crear una ventanilla única a efectos de notificación en el transporte marítimo y la digitalización de los documentos electrónicos de transporte. (2018)
15. Completar el establecimiento del Intercambio Electrónico de Información de la Seguridad Social (EESSI). (2019)
16. Extender el portal europeo EURES de la movilidad profesional. (2017)
17. Apoyar a los países en el desarrollo de los servicios de sanidad electrónica transfronteriza. (2016-2018)
III. Facilitar la interacción digital entre administraciones y con ciudadanos y empresas, para unos servicios públicos de alta calidad
18. Evaluar la posibilidad de aplicar el principio de una sola vez para los ciudadanos en un contexto transfronterizo. (2019)
19. Acelerar el despliegue y la asimilación de la infraestructura de datos Directiva INSPIRE. (2016-2020)
20. Transformar sus sitios web para apoyar el incremento del compromiso y de la participación de los ciudadanos y de las empresas en los programas de la UE y en la formulación de políticas. (2018)
Se contempla que la Comisión pueda proponer nuevas acciones relativas a la implementación de la legislación y de actuación conjunta; también los actores interesados (incluyendo los Estados miembros) podrán proponer acciones adicionales, en particular relativas a los eventos vitales, a través de una plataforma digital de participación. La Comisión establecerá y presidirá un comité director del Plan de Acción que se ocupará de la gobernanza del mismo, incluyendo la valoración de las propuestas de acciones que puedan suscitarse y la coordinación de la implementación y monitorización de las medidas.
El Plan no cuenta con un presupuesto o un instrumento financiero propios sino que coordinará fuentes de financiación y medidas disponibles a través de diversos programas comunitarios.
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